El Gobierno actualizó las tarifas de transporte de hidrocarburos operadas por YPF

La Secretaría de Energía estableció nuevos valores máximos para el traslado de hidrocarburos líquidos por los oleoductos y poliductos de la petrolera estatal. Las tarifas regirán durante cinco años e implican una revisión de las inversiones realizadas por la compañía entre 2016 y 2024.

El Gobierno actualizó las tarifas de transporte de hidrocarburos operadas por YPF

 

La Secretaría de Energía oficializó, mediante la Resolución 427/2025 publicada este jueves en el Boletín Oficial, las nuevas tarifas máximas que la empresa YPF podrá aplicar por el servicio de transporte de hidrocarburos líquidos a través de sus principales redes de conducción.

La medida abarca los oleoductos Puerto Rosales–La Plata y La Plata–Dock Sud, ubicados en la provincia de Buenos Aires, y el poliducto Montecristo–San Lorenzo, que conecta las provincias de Córdoba y Santa Fe. Según la resolución firmada por la secretaria de Energía, María Carmen Tettamanti, los valores establecidos tendrán vigencia por cinco años a partir de su publicación y no incluyen el IVA.

De acuerdo con la información publicada por Ámbito Financiero, la decisión se tomó luego de que la Dirección Nacional de Transporte e Infraestructura verificara las inversiones comprometidas por YPF en esas instalaciones, correspondientes al período 2016–2020 y extendidas hasta 2024, que suman un monto superior a USD 80 millones. Estas obras incluyeron tareas de mantenimiento, modernización y adecuación tecnológica en los sistemas de transporte.

La resolución dispone además que YPF deberá presentar anualmente una certificación técnica y contable sobre las inversiones ejecutadas y una declaración jurada con las tarifas efectivamente aplicadas, así como informar los contratos de transporte celebrados con los cargadores. De esta manera, el Gobierno busca asegurar la transparencia del esquema tarifario y garantizar la correspondencia entre las inversiones realizadas y los ingresos regulados.

Las tarifas aprobadas se consideran de carácter máximo, lo que significa que la empresa podrá pactar valores menores con los clientes, siempre que no superen los topes regulados por la Secretaría de Energía. Este esquema mantiene la posibilidad de acuerdos comerciales flexibles dentro de un marco tarifario controlado por el Estado.

La actualización tarifaria, que se enmarca en el proceso de revisión periódica de los servicios de transporte de hidrocarburos, busca equilibrar los costos de operación con las necesidades de inversión en infraestructura crítica, sin trasladar incrementos desmedidos al mercado. Según los fundamentos del decreto, la medida “permite preservar la competitividad y la sustentabilidad del sistema energético nacional”.

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