El Gobierno modificó Exporta Simple y actualizó los límites para pequeñas exportaciones

La nueva normativa redefine requisitos tributarios y mantiene incentivos para exportadores de menor escala dentro del régimen simplificado.

 

El Gobierno nacional oficializó cambios en el régimen Exporta Simple, el sistema diseñado para facilitar las exportaciones de pequeñas y medianas empresas mediante procedimientos administrativos y aduaneros simplificados.

Las modificaciones fueron establecidas a través de la Resolución General Conjunta 5846/2026, publicada en el Boletín Oficial, y forman parte del esquema de desregulación y apertura comercial impulsado por la administración de Javier Milei.

Según reconstruyó Ámbito, la actualización introduce nuevos requisitos tributarios y redefine los límites económicos permitidos para operar bajo este mecanismo simplificado de exportación.

El régimen Exporta Simple había sido implementado originalmente en 2019 por el entonces Ministerio de Producción y Trabajo junto con la ex Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) con el objetivo de reducir trámites y facilitar el acceso de pequeñas empresas al comercio exterior.

El sistema funciona mediante operadores logísticos autorizados, conocidos como OLES, que centralizan buena parte de los procedimientos aduaneros y administrativos vinculados a exportaciones de menor escala.

Entre los principales cambios incorporados por la nueva resolución, se estableció que los beneficiarios deberán contar con CUIT y Clave Fiscal nivel 3, además de estar inscriptos en IVA, Ganancias o en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, según corresponda.

La normativa mantiene además la obligación de emitir factura por cada operación de exportación realizada bajo este esquema.

El texto oficial también aclara que únicamente podrán exportarse bienes que no estén alcanzados por prohibiciones, cupos, suspensiones o controles aduaneros especiales.

En relación con los límites económicos, el Gobierno mantuvo el tope anual de US$600.000 FOB por exportador para productos alcanzados por derechos de exportación superiores al 0%.

A su vez, cada operación individual continuará teniendo un límite máximo de US$15.000 FOB.

Uno de los puntos destacados de la actualización es que las exportaciones realizadas bajo Exporta Simple seguirán pudiendo acceder a beneficios fiscales y financieros previstos por la normativa vigente.

Desde el Gobierno sostienen que la reforma apunta a profundizar la simplificación administrativa y ampliar las posibilidades de inserción internacional para empresas pequeñas, emprendedores y exportadores de menor escala.

En ese marco, la resolución derogó además parte de la normativa original eliminando exigencias que, según el Ejecutivo, resultaban incompatibles con el nuevo esquema de simplificación burocrática.

El texto oficial señala que el objetivo central de los cambios es favorecer “la libre circulación de bienes y servicios” mediante procedimientos más ágiles, previsibles y menos costosos para los operadores.

La medida se inscribe dentro de la estrategia económica del Gobierno nacional orientada a reducir regulaciones y flexibilizar distintos mecanismos vinculados al comercio exterior.

En paralelo, sectores exportadores siguen reclamando mejoras adicionales vinculadas a costos logísticos, presión tributaria y competitividad cambiaria, factores que continúan condicionando especialmente a las economías regionales y a las pequeñas empresas exportadoras.

Las nuevas disposiciones comenzarán a entrar en vigencia veinte días hábiles después de su publicación oficial en el Boletín Oficial.

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