Chubut anunció que adelanta las elecciones provinciales al próximo 30 de julio

“La agenda de las y los chubutenses debe ser la prioridad y debe tener la atención exclusiva de las y los candidatos”, expresó el gobernador Mariano Arcioni.

Chubut anunció que adelanta las elecciones provinciales al próximo 30 de julio

 

El gobernador Mariano Arcioni anunció que adelanta las elecciones provinciales en Chubut para el próximo 30 de julio. “La agenda de las y los chubutenses debe ser la prioridad y debe tener la atención exclusiva de las y los candidatos”, expresó en sus redes.
“Con el fin de otorgar mayor claridad al proceso electoral, se llegó a esta decisión”, comunicaron con la intención de “de garantizar previsibilidad y satisfacer las necesidades de Chubut”.

 

La convocatoria electoral se formalizó por medio del Decreto 421, que se difundió cuando estaban cerca de expirar los plazos para convocar a los comicios, que deben anunciarse 90 días antes. De acuerdo al instrumento legal publicado, la convocatoria abarca a gobernador y vice, diputados provinciales, presidentes de comunas rurales, jueces de paz y la renovación de consejeros populares en algunas circunscripciones judiciales para la magistratura.

El artículo central del decreto convoca “para el día 30 de Julio de 2023 a comicios en todo el territorio de la Provincia del Chubut, para la elección de: a) Gobernador y Vicegobernador; b) Veintisiete (27) Diputados Provinciales titulares y veintisiete: (27) suplentes”.
Además consigna que se elegirá “un (1) miembro titular y un (1) suplente representante popular ante el Consejo de la Magistratura por las Circunscripciones Judiciales de Comodoro Rivadavia, Puerto Madryn, y Sarmiento; d) Presidentes de Comunas Rurales y sus Vicepresidentes; e) Juez de Paz de la Localidad de Paso de Indios, titular y suplente”.En el artículo 2° sostiene que “se adopta el Padrón Electoral Nacional de electores vigente al momento del acto eleccionario como Padrón Electoral Provincial, de conformidad con lo establecido por el artículo 260° inciso 3 de la Constitución Provincial”. Otro artículo destaca que “la elección de Gobernador y Vicegobernador de la Provincia será directa y a simple pluralidad de sufragios” es decir, sin segunda vuelta o ballotage.

Además se invita “a los Municipios a adherir a la presente convocatoria, quienes deberán dictar la Ordenanza respectiva delegando sus facultades electorales en el Tribunal Electoral Provincial con la participación de sus respectivos Tribunales Electorales”. “Las referidas Ordenanzas deberán comunicarse al Poder Ejecutivo Provincial con setenta (70) días de anticipación al acto eleccionario” se indica.

Chubut eliminó, sobre fines del año pasado las primarias abiertas simultáneas y obligatorias (PASO), por lo que ahora cada fuerza política deberá determinar el método de selección de candidatos a través de internas partidarias.

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