El Gobierno envió al Congreso un proyecto para endurecer las penas por explotar recursos en Malvinas
La iniciativa amplía las prohibiciones a empresas y proveedores, prevé multas calculadas en barriles de petróleo y condenas de hasta 20 años por extracción sin autorización argentina, y crea además un Sistema de Seguridad Nacional bajo conducción presidencial.

El Gobierno envió al Congreso un proyecto de Ley de Defensa de la Soberanía Nacional que amplía las sanciones por la explotación no autorizada de recursos en las Islas Malvinas, luego de que repudiaran el inicio del proyecto Sea Lion impulsado por dos petroleras extranjeras en territorio argentino, y propuso además crear un sistema de seguridad nacional bajo conducción presidencial. De acuerdo con la iniciativa, firmada por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Diego Santilli, el canciller Pablo Quirno y los ministros Carlos Presti y Luis Caputo, se propone derogar la Ley N° 26.659 vigente desde 2011 para penalizar actividades hidrocarburíferas sin autorización argentina en el área en disputa, aunque las autoridades remarcaron que la medida no se limita a esas actividades sino que resulta aplicable a toda actividad no habilitada vinculada al aprovechamiento de recursos naturales, sean o no renovables, según informó Infobae. El esquema alcanza así a toda explotación realizada en las Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur, sus espacios marítimos e insulares circundantes y la Plataforma Continental Argentina sin habilitación de una autoridad nacional.
A raíz de esto, las autoridades propusieron que las personas o empresas que desarrollen actividades prohibidas podrían recibir multas de entre 4.000 y 500.000 barriles de petróleo, además de la suspensión o cancelación de permisos y una inhabilitación de entre cinco y 20 años. La escala penal se endurecerá para los casos vinculados con hidrocarburos, ya que la exploración o explotación de recursos no renovables sin habilitación tendría penas de 12 a 20 años de prisión, y para la extracción, el transporte o el almacenamiento de hidrocarburos la condena prevista ascenderá a entre 15 y 20 años, con multas de hasta 3 millones de barriles de petróleo. También quedarían alcanzados los proveedores que entreguen bienes o servicios considerados esenciales para esas actividades siempre que conozcan su destino, con penas de cinco a siete años, y las sanciones se extenderían a las sociedades que participen en los hechos, que podrían sufrir la revocación de habilitaciones, la suspensión de actividades por hasta 30 años, la imposibilidad de contratar con el Estado y, en casos determinados, su disolución o liquidación.
El régimen propone que una empresa inhabilitada no pueda desarrollar actividades económicas en el país durante el plazo de la sanción, además de revocarse sus permisos, cesar beneficios impositivos o previsionales otorgados por actos particulares y rescindirse contratos con ejecución total o parcial en territorio argentino o sobre bienes situados en el país. Para ordenar el retiro de las compañías afectadas, la autoridad de aplicación fijaría un período de cese de entre 30 y 180 días, prorrogable en función de la continuidad de servicios y la situación de trabajadores, acreedores o terceros de buena fe, y el proyecto crea a la vez un Régimen de Desistimiento y Regularización para que los infractores que abandonen las prácticas cuestionadas puedan pedir su ingreso, pagar multas o comprometer inversiones en actividades legales dentro de Argentina, con archivo de las actuaciones administrativas y extinción de la acción penal si cumplen las condiciones, salvo que exista sentencia firme o reincidencia.
El segundo eje de la iniciativa es la creación del Sistema de Seguridad Nacional, que reuniría las funciones diplomática, económica, cibernética, jurídica, de defensa, inteligencia y protección de infraestructuras críticas, y su órgano rector sería el Consejo de Seguridad Nacional, presidido por Milei e integrado de forma permanente por el jefe de Gabinete, los ministros de Relaciones Exteriores, Defensa y Economía, el secretario de Inteligencia de Estado y la secretaria Legal y Técnica de la Presidencia. El Consejo tendría a su cargo la elaboración de una Política de Seguridad Nacional que luego debería ser aprobada por el Poder Ejecutivo, y podría requerir información y asistencia obligatoria a organismos del sector público nacional y solicitar cooperación a provincias, la Ciudad de Buenos Aires y municipios. La norma define como infraestructuras críticas a las redes, instalaciones y sistemas públicos o privados indispensables para los servicios esenciales, la salud, la defensa, la economía y el funcionamiento estatal, y las jurisdicciones locales deberían identificarlas y elaborar planes de protección mientras el Consejo definiría cuáles tienen interés nacional.
La propuesta también regula la respuesta ante aeronaves y buques considerados hostiles y establece una secuencia para identificar, interceptar y eventualmente emplear fuerza contra aeronaves que vulneren reglas de vuelo, no se identifiquen o desobedezcan órdenes de autoridades competentes, y la utilización de medidas coercitivas para impedir la continuidad de un vuelo requeriría una orden expresa del Presidente, quien podría delegarla en el ministro de Defensa, con decisiones que deberán ajustarse al derecho internacional y evitar poner en riesgo a los ocupantes de aeronaves civiles. En el ámbito marítimo, fluvial y lacustre, la iniciativa habilita advertencias, maniobras de interposición, disparos de advertencia e inutilización de buques después de agotar medidas menos lesivas, y el hundimiento solo podría ordenarse como una medida militar excepcional contra un buque hostil con autorización previa del Presidente, aunque las autoridades ratificaron que estará prohibido hundir un buque civil como sanción, herramienta policial o forma de impedir una fuga.
Por otro lado, el Consejo de Seguridad Nacional podría abrir procedimientos administrativos contra personas o entidades vinculadas a Estados u organizaciones extranjeras que busquen afectar la integridad territorial, interferir de forma clandestina, engañosa o coercitiva en decisiones estatales, atacar infraestructuras críticas o financiar esas acciones, con penas que incluirían multas de entre 30.000 y 180.000 Unidades de Valor Adquisitivo, revocación de permisos, pérdida de beneficios estatales e inhabilitación para actuar en sectores considerados estratégicos. Ante un riesgo grave e inminente, el Consejo podría ordenar restricciones temporales a operaciones cambiarias, transferencias, importaciones y exportaciones, bloquear fondos, suspender permisos o elevar derechos de importación y exportación hasta un máximo del 75% para el Estado extranjero involucrado.
La propuesta también reforma la Ley de Defensa Nacional para incorporar riesgos y amenazas externas estatales y no estatales, tanto cinéticos como no cinéticos, y prevé el empleo de las Fuerzas Armadas para proteger infraestructuras críticas de interés nacional cuando corresponda. En materia electoral, prohíbe que extranjeros sin residencia permanente y personas jurídicas extranjeras financien, organicen, dirijan o ejecuten actividades de campaña y propaganda, e incorpora figuras penales vinculadas con operaciones clandestinas de inteligencia extranjera, filtración de secretos y campañas masivas de desinformación destinadas a alterar procesos electorales. Por último, eleva a rango legal el Registro Público de Personas y Entidades vinculadas a actos de Terrorismo y su Financiamiento bajo la órbita de la Unidad de Información Financiera, un mecanismo que permitiría inmovilizar bienes y restringir operaciones de personas o entidades registradas con posterior intervención judicial.
