El Gobierno modificó el proceso de selección de jueces y otras autoridades judiciales

La reforma busca agilizar los nombramientos para la Corte Suprema, la Procuración General y la Defensoría General de la Nación, reduciendo etapas administrativas y digitalizando procedimientos.

 

El Gobierno nacional oficializó una serie de modificaciones en el procedimiento de selección de jueces de la Corte Suprema de Justicia, el Procurador General y el Defensor General de la Nación, con el objetivo de acelerar los procesos de designación y simplificar los trámites administrativos.

La medida, difundida a través de un nuevo decreto y anticipada por Infobae, introduce cambios sobre normativas vigentes desde 2003 que regulaban la participación del Poder Ejecutivo en la etapa previa a la nominación de candidatos.

Uno de los principales cambios consiste en la eliminación de la instancia administrativa previa que se desarrollaba en el ámbito del Ministerio de Justicia antes del envío de los pliegos al Senado. Desde el Gobierno argumentaron que este procedimiento duplicaba mecanismos de participación y extendía innecesariamente los tiempos de designación.

Con el nuevo esquema, las observaciones ciudadanas y los mecanismos de control continuarán vigentes, pero se concentrarán directamente en la etapa legislativa, a través de las audiencias públicas y de los procedimientos establecidos por la Comisión de Acuerdos del Senado.

La reforma también incorpora modificaciones en los sistemas de difusión de los antecedentes de los candidatos. A partir de ahora, la publicación dejará de realizarse en diarios de circulación nacional y se centralizará en el Boletín Oficial y en los canales digitales del Ministerio de Justicia.

Asimismo, se establecieron plazos más breves para la presentación de documentación por parte de los postulantes. Los candidatos deberán presentar sus declaraciones juradas patrimoniales dentro de los cinco días posteriores a la publicación de su nominación, incluyendo bienes propios, de sus cónyuges o convivientes y de sus hijos menores de edad, conforme a la normativa vigente sobre ética pública.

Otra de las modificaciones alcanza a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que continuará interviniendo en la verificación del cumplimiento de las obligaciones impositivas y previsionales de los candidatos, aunque ahora contará con un plazo máximo de cinco días para emitir los informes correspondientes.

La reforma no altera el procedimiento constitucional de designación. Los candidatos seguirán necesitando la aprobación del Senado mediante el voto favorable de dos tercios de los legisladores presentes, además de atravesar las instancias de audiencias públicas y control parlamentario.

Desde el Ejecutivo sostuvieron que los cambios buscan modernizar y agilizar los procesos de selección, manteniendo los mecanismos de transparencia y participación ciudadana ya previstos en el ámbito legislativo.

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