El Gobierno fija por decreto el salario mínimo hasta agosto de 2026 y redefine el seguro de desempleo
Tras el fracaso del Consejo del Salario, el Ejecutivo estableció un cronograma de aumentos mensuales del SMVM por diez meses consecutivos. La prestación por desempleo queda ahora directamente vinculada al piso salarial vigente.
El Gobierno de Javier Milei avanzó por decreto en la actualización del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) y definió un esquema de incrementos que se extenderá desde noviembre de 2025 hasta agosto de 2026. La medida quedó oficializada este miércoles mediante la Resolución 9/2025, publicada en el Boletín Oficial, luego de que en la última reunión del Consejo del Salario no se alcanzara un acuerdo entre las representaciones sindicales y empresariales.
Según informó la Secretaría de Trabajo, la videoconferencia realizada el 26 de noviembre terminó sin consenso: los sindicatos plantearon un aumento superior, mientras que los empleadores reclamaron prudencia ante el contexto económico. Sin mayorías claras, el organismo decidió fijar unilateralmente los nuevos valores para garantizar la actualización del ingreso mínimo en todo el mercado laboral formal.
El esquema establece diez aumentos consecutivos, con un punto de partida de $328.400 para noviembre de 2025 en jornadas legales completas, mientras que la hora trabajada se ubica inicialmente en $1642. Estos valores alcanzan al personal regido por la Ley de Contrato de Trabajo, trabajadores agrarios, la administración pública nacional y otros organismos estatales.
A partir de diciembre, el piso mensual se eleva a $334.800, en enero llega a $341.000 y en febrero sube a $346.800. En marzo aumenta a $352.400, en abril a $357.800, en mayo a $363.000 y en junio a $367.800. El penúltimo tramo, fijado para julio, ubica el SMVM en $372.400, mientras que el último, previsto para el 1° de agosto de 2026, lo establece en $376.600.
En medio del detalle técnico, la cobertura original de Ámbito Financiero destacó que el Gobierno buscaba evitar una nueva demora en el piso salarial, especialmente tras el estancamiento del Consejo del Salario.
Los valores horarios acompañan la misma progresión ascendente: desde diciembre suben a $1674, en enero a $1705, en febrero a $1734, y continúan incrementándose hasta alcanzar $1883 desde agosto de 2026.
El decreto también redefine el cálculo de la prestación por desempleo, que ahora será equivalente al 75% del mejor salario neto mensual que el trabajador haya percibido en los últimos seis meses. Sin embargo, el beneficio tendrá límites estrictos atados al salario mínimo: no podrá ubicarse por debajo del 50% del SMVM ni superar el 100% de ese valor, garantizando un piso y un techo vinculados directamente al nuevo cronograma de aumentos.
Con la resolución ya formalizada, la Secretaría de Trabajo iniciará el proceso administrativo para su plena entrada en vigencia. Los empleadores bajo la Ley de Contrato de Trabajo y regímenes especiales deberán adecuar sus liquidaciones de sueldo mes a mes, conforme se implementen los nuevos tramos establecidos por el Ejecutivo.

