Revés para el Gobierno: la Justicia suspendió el DNU que limita el derecho a huelga
Una jueza hizo lugar al amparo presentado por la CGT contra el DNU 340/25. En ese decreto, el Gobierno amplió las actividades definidas como esenciales que deben garantizar el cumplimiento de servicios mínimos durante un paro.
En un fallo con impacto político y sindical, la Justicia laboral suspendió este lunes los artículos centrales del DNU 340/2025 impulsado por el gobierno de Javier Milei para limitar el derecho a huelga. La jueza Moira Fullana hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la CGT y frenó los efectos de los artículos 2 y 3 del decreto, al considerar que la reforma del régimen legal de huelga no puede realizarse mediante un decreto de necesidad y urgencia, sino a través de una ley sancionada por el Congreso.
Desde el Gobierno no emitieron comentarios oficiales tras la medida judicial. Sin embargo, en Casa Rosada no descartan apelar el fallo y llevar la discusión a instancias superiores.
El fallo judicial ocurre en un contexto de alta conflictividad laboral, con paros y movilizaciones convocados por las centrales obreras en rechazo al ajuste fiscal y las políticas de desregulación impulsadas por el Ejecutivo. La CGT celebró la decisión como “un triunfo de la democracia” y advirtió que continuará “en la calle y en la Justicia” para defender los derechos laborales.
¿Qué pasaba con el DNU 340/2025?
- El decreto limitaba el derecho a huelga, estableciendo condiciones más estrictas para convocar medidas de fuerza en sectores considerados “esenciales” o de “interés estratégico”.
- Redefinía los servicios esenciales, incluyendo áreas como transporte y educación, lo que ampliaba las restricciones a la huelga.
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La CGT y organizaciones de derechos humanos denunciaron la inconstitucionalidad del decreto por afectar derechos fundamentales.